La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso operativos de control en locales comerciales de todo el país, cuyo propósito consiste en detectar infracciones al régimen de facturación.
Las inspecciones arrojaron resultados positivos, sobre todo en la Ciudad de Buenos Aires, pero también encontraron importantes irregularidades en el resto del país. Entre Ríos no fue la excepción en esta materia y como saldo del procedimiento los inspectores labraron 847 actas de infracción. La recorrida comenzó el mes pasado y el descargo de los contribuyentes no fue suficiente para evitar la clausura
En la Ciudad de Buenos Aires se clausuraron 70 comercios y en el resto del país 777. La AFIP clausuró en lo que va del año 4.775 locales comerciales
Del operativo participaron más de 400 agentes que sancionaron con clausuras de hasta seis días a comercios de Córdoba, Mendoza, Neuquén, Chaco, Santa Fe, Salta, San Juan, San Luis, Tucumán, Entre Ríos, Santa Cruz, Chubut, La Pampa, Misiones, Río Negro, Santiago del Estero, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el interior de la Provincia.
De las 847 clausuras que se llevaron a cabo, 70 se hicieron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destacándose el rubro “centros de estéticas”, las otras 777 se realizaron en el resto del país, abarcando una gran cantidad de rubros, entre los que se destacan: gastronómico, playas de estacionamiento, venta de indumentaria, hotelería, entre otros.
Estas clausuras son consecuencia de intensos operativos de fiscalización llevados a cabo por la AFIP cuando los inspectores del organismo visitaron a contribuyentes de estas provincias para controlar el cumplimiento de las normas de facturación y la correcta declaración del personal en relación de dependencia. Sobre los incumplimientos detectados se labraron las actas correspondientes.
Las principales infracciones registradas constituyen violaciones al artículo 40 de la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario, que prevén como sanción la clausura de hasta siete días del comercio y una multa. Las infracciones más frecuentes son la no emisión de facturas, no poseer controlador fiscal o teniendo controlador, emitir facturas manuales, entre otras.
Luego de los descargos realizados por los contribuyentes y de recorrer el camino legal correspondiente, 847 de esas actas por violación al artículo 40 de la Ley 11.683 quedaron firmes y se procedió a la clausura de los comercios.
En lo que va del año, la Administración Federal de Ingresos Públicos clausuró 4.775 locales comerciales en todo el país.
Las inspecciones arrojaron resultados positivos, sobre todo en la Ciudad de Buenos Aires, pero también encontraron importantes irregularidades en el resto del país. Entre Ríos no fue la excepción en esta materia y como saldo del procedimiento los inspectores labraron 847 actas de infracción. La recorrida comenzó el mes pasado y el descargo de los contribuyentes no fue suficiente para evitar la clausura
En la Ciudad de Buenos Aires se clausuraron 70 comercios y en el resto del país 777. La AFIP clausuró en lo que va del año 4.775 locales comerciales
Del operativo participaron más de 400 agentes que sancionaron con clausuras de hasta seis días a comercios de Córdoba, Mendoza, Neuquén, Chaco, Santa Fe, Salta, San Juan, San Luis, Tucumán, Entre Ríos, Santa Cruz, Chubut, La Pampa, Misiones, Río Negro, Santiago del Estero, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el interior de la Provincia.
De las 847 clausuras que se llevaron a cabo, 70 se hicieron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destacándose el rubro “centros de estéticas”, las otras 777 se realizaron en el resto del país, abarcando una gran cantidad de rubros, entre los que se destacan: gastronómico, playas de estacionamiento, venta de indumentaria, hotelería, entre otros.
Estas clausuras son consecuencia de intensos operativos de fiscalización llevados a cabo por la AFIP cuando los inspectores del organismo visitaron a contribuyentes de estas provincias para controlar el cumplimiento de las normas de facturación y la correcta declaración del personal en relación de dependencia. Sobre los incumplimientos detectados se labraron las actas correspondientes.
Las principales infracciones registradas constituyen violaciones al artículo 40 de la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario, que prevén como sanción la clausura de hasta siete días del comercio y una multa. Las infracciones más frecuentes son la no emisión de facturas, no poseer controlador fiscal o teniendo controlador, emitir facturas manuales, entre otras.
Luego de los descargos realizados por los contribuyentes y de recorrer el camino legal correspondiente, 847 de esas actas por violación al artículo 40 de la Ley 11.683 quedaron firmes y se procedió a la clausura de los comercios.
En lo que va del año, la Administración Federal de Ingresos Públicos clausuró 4.775 locales comerciales en todo el país.
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